viernes, 7 de febrero de 2014

6 JUNIO 1900

CAUSA CELEBRADA AYER

La causa celebrada ayer comenzó en la Sala 1ª de esta Audiencia, ante el Tribunal del jurado la vista de la causa seguida en el Juzgado de Iznalloz, por parricidio y asesinato contra el presbítero D.Julián Anguita García, su madre María García Castillo y sus tío Cándido y Miguel García Castillo.

Desde muy temprano agolpase a la puerta de la Audiencia numerosa muchedumbre que esperaba ver entrar a los reos. De ellos el Julián fue conducido desde la cárcel a la Audiencia en coche; María, Cándido y Miguel a pie entre parejas de la benemérita. El Julián vestía de paisano. Los pasillos de la Audiencia estaban repletos de gente. Gran número de abogados concurrió a la Sala del Colegio y después a la sección 1ª. 

Hasta la 1 y media descansaron los reos en la capilla de la antigua Cárcel de la Audiencia. De los 4 procesados, solamente la madre mostraba en su semblante abatimiento. Abierta la sesión pública por el Presidente, la muchedumbre, que no pudo ser contenida por los ujieres, llenó la sala, que resultaba pequeña para una concurrencia tan numerosa.

Constituido el Tribunal de Derecho y después de ocupar sus respectivos sitios el fiscal y los defensores de los procesados, se pasó a la constitución del Tribunal de Hecho. Revistados los jurados, se dio lectura por el secretario de la Sala s los artículos de la Ley y se procedió al sorteo de aquellos.

Leyó el secretario las conclusiones provisionales del Fiscal de S.M. y de las defensas, las diligencias de la autopsia, reconstrucción de los hechos y demás que han practicado. Seguidamente el defensor de María García Castillo Sr. Rodríguez Aguilera, pide para las declaraciones se siga el orden en que aparecen las del sumario. El Fiscal se opone a esta pretensión.

DECLARACIÓN DE JULIÁN ANGUITA

Declara el procesado haciéndole el Fiscal la siguiente pregunta: - “¿Qué pasó el día 10 de Octubre de 1898?”

Julián: - “Yo no sé nada ni recuerdo nada”.

Fiscal: - “¿Vd. Sabe si ha muerto su padre?”.

J: - “No sé, se me ha olvidado”.

F: - “¿Vd. Es sacerdote o no?”.

J: - “No sé lo que soy”.

Presidente: - “Reconozca Vd. Como desea el Sr. Fiscal la libreta del CUADRANTE. ¿La reconoce como suya?”

J: - “No recuerdo”.

El procesado habla en voz baja y el Presidente le requiere para que hable en alto.

P: -“¿Tiene madre Vd.?”

J: - “La tenía, pero no sé”.

Levantase la madre y le pregunta el Presidente si la reconoce.

J: - “No”.

Sr. Rodríguez Aguilera: - “¿Recuerda Vd. Si ha venido alguna vez a Granada a asuntos de un pleito; si le acompañó alguna vez a Granada su tío Miguel; si su padre tenía bienes, si le acompañaba Cándido al colegio; si sabe que le inculpan de la muerte de su padre?”.

Julián, nada. Nada sabe, de nada se acuerda, no sabe si él le dio la muerte a su padre; no recuerda ni si nadie le habló para que diera muerte a su padre; recuerda que la feria de Alcalá es por el verano.

F: - “Ignora Vd. que lo mataron ¿y sabe que nadie le ha hablado para que mate a su padre?”.

J: - “No recuerdo”.

F: - “¿A quién quería Vd. más, a su padre, a su madre, o a su tío Cándido?”

J: - “A todos igual”.

F: - “Afirme Vd. o niegue rotundamente ¿Tuvo Vd. participación en la muerte de su padre?”.

J: - “Nada sé”.

F: - “Que se lean las declaraciones presentadas en el sumario”.

Los señores Rodríguez Aguilera y D. Luis García se oponen, entendiendo que no procede la lectura, por no haber habido contradicción. Piden que conste su pretensión contraria a la lectura. Leense las declaraciones prestadas por Julián en el sumario a los folios 142 vuelto, 155, 180 y 297 vuelto. El Presidente y el Fiscal preguntan al procesado si recuerda las afirmaciones que hizo en el sumario, y que acaban de leerse.
Julián dice que de nada se acuerda, ni remotamente; ni siquiera de haber prestado declaración.

F: -“¿Reconocería Vd. el palo de la silla que le sirvió?”.- Le presentan el palo y abren la caja se hallaban la piezas.

A los golpes dados por el carpintero adviértese turbación en el rostro de Julián.

De la caja se sacan un sombreo, varias piedras manchadas de sangre, un barril, un vaso, una botella rota por el cuello, un barrilito que contenía un líquido de color violáceo y otros efectos hallados en el lugar del crimen. El procesado dice que nada reconoce ni recuerda.

DECLARACIÓN DE CÁNDIDO GARCÍA

F: - “¿Qué pasó el 10 de Octubre?”.

Cándido recuerda que salió con Julián para Granada, como otras veces había venido. Que su hermano Miguel salió con su cuñado. Que en Pedernales encontró a Antonio; que no vio con él a Miguel. Que al llegar a Cuesta Blanquilla se pusieron a comer y comiendo se marearon más. Que él se recostó trastornado y vomitó por efecto de la borrachera. Por esto no sabe lo que pasó ni lo que hizo su sobrino. Que era ya de noche. Que cuando despertó de la jumera, a golpes que oyó, ya su sobrino había desaparecido, sin que supiese quien había producido los golpes. Que él y su sobrino empezaron a beber en Alcalá; luego en el Ventorrillo siguieron bebiendo. Que no sabe si su hermana y su sobrino trataban mal a Antonio, porque si reñían no era delante de él. Que cuidaban a su cuñado lo razonable; que a Alcalá y a Valdepeñas no fue por veneno sino por una bebida para matar gusanos.

F: -“¿Pero no hay botica en el Castillo?”

C: -“Es que yo había ido con carga allí”.- Añade que Julián gastaba navaja para comer, pero no recuerda sus dimensiones.

P: - “¿Reconoce Vd. ese palo que había al lado del cadáver?”.

C: -“¡Si éste no lo he visto yo hasta ahora! Cuando volví al Castillo me fui a casa derecho y hasta después de muchos días no fui a casa de mi hermana”. Dice que no recuerda haber llevado cartas después del crimen, ni antes de ser descubierto.

F: -“Que se lea su declaración del sumario”.- Es leída la declaración prestada por Cándido.

Los defensores discrepan entre si sobre si se interroga a Cándido después de leída su declaración, y con el fiscal sobre si se leen esa y otras declaraciones. Protestan. Se lee la declaración de Cándido, y su defensor interrumpe la lectura con otra protesta.

Cándido reconoce las firmas con que suscribió las declaraciones del sumario.

Pregunta la defensa marcando los puntos sobre que versó la declaración del procesado ante el Juez. Julián afirma que no vio que Julián vasos de refresco a Antonio Anguita. Que los golpes que oyó cuando descansaba de su borrachera, tuvo que darlo Julián, porque cree que nadie más que él había por allí; que no sabía que se iba a matar en Pedernales a su cuñado; y que él no manchó sus manos con sangre de Antonio Anguita.

Cuanto a la intervención que a Miguel García se supone en el hecho, la declaración de Cándido le es favorable.

El defensor de María García Sr. Rodríguez Aguilera pide que, estando muy cansado el declarante, y teniendo que hacerle él muchas preguntas, por efecto del largo tiempo que lleva declarando, se suspendiera la vista 5 minutos. Así lo acuerda la sala.

SE REANUDA EL JUICIO

A los 10 minutos de suspensión se reanuda la vista continuando su declaración el procesado Cándido García.

La defensa de Julián le pregunta cuál de sus declaraciones son verdad y cuáles no. El procesado no contesta.

A otras preguntas dijo que salió del pueblo a las 10 de la mañana y no recuerda cuando llegó a Pedernales añadiendo que su estado de embriaguez le impidió hacerse cargo de nada.

Sr. García: -“¿Dónde mataron Vds. a su cuñado?”.- El defensor de Cándido, Sr. Medina, protesta de esta pregunta y queda sin contestar.

Sigue preguntando el Sr. García diciendo Cándido que quería mucho a su sobrino y por eso fue con él. Añade que su primera declaración ante el Juez la prestó estando borracho, y que quien lo emborrachó fue un guardia cuyo nombre no sabe. Dice que no aconsejaba a su hermana en sus pleitos.

Sr. García: -“¿Por qué entonces decían que era Vd. su consejero y secretario?

C: -“Consejero, no, señor.

Sr. G: -“¿Y secretario si?”

C: - “Secretario tampoco”.- Concluye esta parte de la declaración negando todos los cargos sobre concierto para el crimen; que Julián era de carácter apacible y María enérgica; y que la familia costeó los estudios de Julián.

Al Sr. Rodríguez dijo que vino varias veces a Granada con su cuñado y otras con Julián, que no le extrañó encontrar a Antonio solo en Pedernales porque conocía bien el camino y que María jamás le propuso el crimen.

Niega en redondo que revelara el crimen a Miguel, como éste ha declarado en el sumario y afirma que no ha hablado con el de tal cosa; y concluye diciendo que el poder que tenía de los Anguita lo otorgaron Antonio y su cuñada Ana pero no María.

F: -“Las 5 declaraciones que tiene Vd. prestadas, ¿las hizo estando borracho?”.

C: -“Sí, señor”.

F: -“¿Y cómo las prestó Vd. en el espacio de 3 días? ¿Resulta que tomó Vd. 5 borracheras en este tiempo?”.

A la última pregunta del Fiscal dijo que Julián no estaba antes del crimen atontado como aparece ahora.

MARÍA GARCÍA CASTILLO

Comienza diciendo a las preguntas del Fiscal que se enteró de la muerte de su marido cuando el párroco le envió la carta de Málaga. Antonio dice que tenía dinero y que ella le dio además para el viaje 30 o 40 reales; y que no le extrañó que tardase en volver porque pasaba en Granada grandes temporadas.

Tenía 4 o 5 pleitos y su marido la otorgó poder para ellos a fin de evitar que le engañasen.

Pregunta el Fiscal sobre los malos tratamientos al esposo y la procesada niega con gran energía expresándose con bastante viveza y habilidad.

F: -“¿No fueron Vds. a una farmacia buscando un veneno?”.

M: (Con energía) –“Eso es un falso que me han levantado. Todo lo escrito contra mí es mentira porque me tenía odio por los pleitos”.- Dice que ella no supo la salida de su hijo y Cándido, y no le extrañó volviese Julián a la noche tarde, porque muchas veces pasaba varios días en la parroquia.

F: - “¿Su marido de Vd. tenía una nube en un ojo?”

M: -“Sí, señor”.

F: -“¿En cuál?”.

M: -“Creo que en el derecho”.

F: -“¿No sería en el izquierdo?”.

M: -“No me acuerdo ahora”.

Interrogada por su defensor dice que su marido le otorgó poder para todo ante el notario D. Alejandro Motón. Pide la defensa se haga constar lo dicho, lo niega el tribunal y a ruegos del letrado se consigna en acta la petición y el acuerdo.

Dice María que el pleito era contra D. Antonio Castillo y éste era alcalde de Locubín; que Miguel le aconsejó desistiera por lo influyente que era el alcalde y añade que los pleitos hacían que ella y su marido vinieran infinidad de veces a Granada.

A petición del Fiscal leese la declaración que dijo María que sólo aconsejó dieran a Antonio un veneno para atontarlo. A llegar la lectura a este punto exclama: -“¡Todo eso es mentira!”.- Añade que Castillo es el autor de todo y que la odiaba hasta el punto de ganar a una muchacha, a quien sacó del hospicio, haciéndola su enemiga.

Al Sr. Bueno dijo que Miguel García le daba una cantidad que ella iba cobrando en servicio.

Al Sr. García contestó que había tenido 14 hijos de los que sólo ha sobrevivido Julián y que éste padeció muchas enfermedades. Julián es medio tonto, muy obediente, ignorante y apacible. Cree que no es autor de la muerte de su padre ni tampoco Cándido.

A: -“¿Vd. se casó por interés con Antonio?”

M: -“Yo he cumplido siempre mis deberes”.

F: -“Siendo tonto Julián ¿por qué le ha hecho Vd. cura?”.

M: -“Para que no estuviera siempre en el campo con un azadón”

F: -“Y siendo tonto ¿cómo decía misa?”.

M: -“La dice como puede”.

MIGUEL GARCÍA CASTILLO

Lo único que discrepa la declaración del procesado de las que dio en el sumario es en afirmar que la revelación del crimen no se la hizo Cándido en la calle, sino en la cárcel de Alcalá. Procura también desvirtuar cuanto ha dicho en el sumario acerca del carácter de su hermana, y dice creer en su inocencia así como en la de Cándido y su sobrino.

Se celebraron dos careos sobre detalles sin importancia entre este procesado y sus hermanos Cándido y María.

PRUEBA TESTIFICAL.

Antonio García Castillo.- Hermano de los procesados, hace uso del derecho que le concede la ley, y no declara.

José María Cea.- Es el sacristán de Locubín y según dice, el único amigo que tenía Julián en el pueblo. Julián por su carácter era antipático a la gente, se limitaba en el ejercicio dl sacerdocio, a confesar y decir misa; pero no predicó nunca. José Cea fue a llevar las cartas de Málaga, las entregó a María y esta lloró al saber la noticia.

Interrogado por la defensa dice que exteriormente le parecía Julián un hombre bueno y no lo cree capaz de haber discurrido él solo el crimen. Dic que siendo muy obediente al párroco lo era mucho más a su madre. Al Sr. Rodríguez Aguilera dijo que Anguita negó siempre que maltrataran él y su madre a su padre.

D. Antonio Calderón.- Es el cura párroco del Castillo de Locubín. Dice que Antonio Anguita era muy buena persona, y que tiene a María en mal concepto, especialmente por lo que se decía de público acerca de su conducta con su marido. Julián cumplía con sus deberes aunque es hombre de poca inteligencia, y por ser antipático a la mayor parte de los feligreses intervenía en pocas ceremonias. Era amigo de la soledad, y no habló nunca con él más que de las cosas del culto. Cree que en el crimen debe haber intervenido una mente más despierta.

Concluida la declaración del párroco, siendo ya las 7 de la tarde que continuará hoy a las 12.


NOTA ACTUAL: En la entrada del “5 JUNIO 1900”, se pueden ver los antecedentes del juicio de este crimen. Y continúa en la del “10 JUNIO 1900” con la sentencia. O Bien consultar la etiqueta "Castillo de Locubín".

No hay comentarios:

Publicar un comentario